Aprobada la Ley contra el despilfarro alimentario

( 04/03/2020 ) Noticias

El Pleno del Parlamento de Cataluña ha aprobado la Ley de Prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentarios en Cataluña.

Fuente: Generalitat de Cataluña. 04/03/2020

Infografia sobre el malbaratament alimentari

La ley nos debe ayudar a alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de hambre cero y se propone reducir en un 50% el desperdicio alimentario en 2030.

Se trata de una normativa pionera en Europa porque a diferencia de la ley francesa o italiana, prioriza la prevención en origen ante la redistribución de los excedentes, y lo hace a lo largo de toda la cadena alimentaria.

¿Qué exige la Ley? La ley impone una serie de obligaciones a todos los agentes de la cadena alimentaria, con el correspondiente régimen sancionador. Entre otras, las empresas de la cadena alimentaria, las entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro que se dediquen a la distribución de alimentos estarán obligadas a:

  • Disponer de un Plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario
  • Medir e informar anualmente sobre los niveles de generación de pérdidas y desperdicio de alimentos
  • Aplicar la jerarquía de prioridades en cuanto el destino de los excedentes:
    • primer destino la alimentación humana,
    • si esto no es posible, la alimentación animal,
    • si tampoco es posible, a compostaje u otros usos técnicos.

Posibilidad del cliente de llevarse la comida que no se acabe.

El texto también establece deberes específicos a las empresas del sector de la restauración y la hostelería, entre los que destacan:

  • Facilitar al consumidor que pueda llevarse, sin coste adicional, los alimentos que no haya consumido, e informar de esta posibilidad de manera clara y visible en el mismo establecimiento, preferentemente a la carta o el menú.
  • Utilizar envases que sean aptos para el uso alimentario, reutilizables, compostables o fácilmente reciclables, y admitir que el consumidor lleve su propio envase.

Derroche en las administraciones públicas

La nueva normativa impone a la Administración pública y al resto de entidades del sector público la obligación de:

  • Incorporar en los contratos públicos y los convenios de gestión de servicios relacionados con la gestión de alimentos, cláusulas para prevenir las pérdidas y el desperdicio alimentarios.
  • Recoger y analizar los datos de las pérdidas y el desperdicio alimentarios y elaborar un Plan estratégico de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentarios.

El Gobierno, con la colaboración del Consejo Catalán de la Alimentación, deberá elaborar también un Plan estratégico.

Espigar

Otro aspecto importante a destacar es la Regulación de espigar, como una actividad complementaria y sin ánimo de lucro que tiene como objetivo prevenir las pérdidas alimentarias a la producción primaria. En breve se publicará una Guía.

El despilfarro en Cataluña

En Cataluña, según datos de 2010, el desperdicio alimentario en los hogares, comercios al por menor y la restauración fue 262.471 toneladas anuales. Esto significa que cada catalán derrocha 35 kilos al año, equivalente a un 7% de los alimentos adquiridos.

Disponible la nueva Guía para la implantación de un plan de prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario en las empresas agroalimentarias: aquí.

Guia per a la implantació d'un pla de prevenció i reducció de les pèrdues i el malbaratament alimentari a les empreses agroalimentàries
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