¿Qué es el Bono Social de Electricidad?
El bono social de electricidad es un descuento en la factura eléctrica, que puede ser:
-- Un CONSUMIDOR EN RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL es aquel que está siendo atendido por los servicios sociales de una administración autonómica o local que paguen al menos el 50% de la factura. En este caso:
-- CONSUMIDOR VULNERABLE A CAUSA DEL COVID 19. Serán considerados consumidores vulnerables y podrán acceder a un 25% de descuento en su factura eléctrica:
AVISO: El Bono Social de Electricidad con vencimiento en estado de alarma. Aquellas personas consumidoras que tuvieran el bono social con fecha de vencimiento durante el estado de alarma, se ha extendido automáticamente hasta el 15 de septiembre de 2020. |
¿Cuáles son los requisitos para solicitarlo y beneficiarse del bono social de electricidad?
-- Tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) en la vivienda habitual. El PVPC es el contrato eléctrico establecido por el Gobierno en el que lo pagado por la electricidad consumida es directamente el precio de la energía que resulta del mercado, más impuestos y peajes, sin incluir otros productos o servicios adicionales. Sólo puede contratarse con las comercializadoras de referencia y si se tiene una potencia contratada igual o inferior a 10kW.
-- Se ha de cumplir con los requisitos personales, familiares y de renta establecidos.
Vease los requisitos del consumidor vulnerable:
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AVISO: Renovación del Bono Social. El Bono Social de Electricidad tiene una validez de 2 años, salvo en el caso de familias numerosas, que finaliza cuando caduca el título de familia numerosa. La renovación debe realizarse con una antelación mínima de 15 días hábiles a la fecha de validez del Bono Social. Recuerda que la fecha de validez se puede consultar en todas las facturas eléctricas. Para la renovación se necesita la misma documentación y seguir los mismos pasos que para solicitarlo. |
Véase el cuadro resumen de los requisitos que han de cumplir para su solicitud:
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¿Cómo se ha de solicitar el Bono social?
Puede solicitarlo a alguna de las comercializadoras de referencia, que son las que tienen la obligación de ofrecer y financiar el bono social. Los medios para hacerlo pueden ser por teléfono, correo electrónico, correo ordinario, o fax directamente a las comercializadoras de referencia.
Más información en web de CNMC:
¿Qué beneficios tengo añadidos por disponer del bono social de electricidad?
El bono social de electricidad le permitirá también disponer de facturas eléctricas más claras, “sin letra pequeña”, en las que lo que se paga por la electricidad consumida es directamente el precio de la energía más impuestos y peajes, sin incluir otros productos o servicios adicionales.
Los beneficiarios del bono social de electricidad cuentan con un periodo más prolongado para hacer frente a las facturas impagadas que el resto de consumidores (un periodo de 4 meses desde la primera notificación de impago, frente al plazo general de 2 meses).
En estos consumidores NO se podrá interrumpir el suministro en caso de impago a los hogares acogidos al bono social en los que haya al menos un menor de 16 años en la unidad familiar, o en los que el consumidor o uno de los miembros de su unidad familiar sea persona con discapacidad igual o superior al 33% o con grado de dependencia II o III, previo certificado expedido por los servicios sociales de las Administraciones Públicas competentes.
Obtén más información en los siguientes enlaces:
Fuente: Secretaría de Estado de Energía. MITECO
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